En su sesión del jueves 20 de mayo, el Consejo de la Facultad de Información y Comunicación (FIC) aprobó una declaración ante las preocupaciones vertidas en el Comité de Calidad con Equidad de Género sobre manifestaciones misóginas, homofóbicas y xenófobas en intercambios entre estudiantes en grupos de WhatsApp, con el fin de recordar a la comunidad FIC las responsabilidades que otorgan las normativas vigentes ante estos casos y los espacios y mecanismos existentes para quienes buscan asesoramiento cuando son víctimas o testigos de actos de discriminación. 

foto de la entrada a la FIC

Ante los hechos mencionados, la Facultad de Información y Comunicación de la Universidad de la República, a través de la declaración del Consejo de la FIC recuerda a todos los estudiantes, docentes, funcionarios y egresados que la Ley 17.817 aprobada en 2004 por el Parlamento define a la discriminación como “toda distinción, exclusión, restricción, preferencia o ejercicio de violencia física y moral, basada en motivos de raza, color de piel, religión, origen nacional o étnico, discapacidad, aspecto estético, género, orientación e identidad sexual”. 

Este tipo de actitudes contra cualquier persona es una falta grave a sus derechos humanos y libertades fundamentales, los cuales debemos asegurar en cualquier esfera de la vida pública y en los ámbitos educativos, para posibilitar la permanencia segura en la institución para todas las personas. 

Además, afirma que la  Universidad  de  la  República no admite ningún acto de violencia física  o psicológica, trato denigrante, irrespetuoso o discriminatorio que provoquen humillación, temor, daño físico o emocional y que puedan crear un ambiente de trabajo o estudio intimidatorio, ofensivo u hostil (resolución 6 del 26/3/2019 del Consejo Directivo Central, clic aquí). 

La existencia de la Ordenanza de actuación ante situaciones de violencia, acoso y discriminación en la Udelar que tiene por objetivo “regir los procedimientos de actuación realizados por la Universidad de la República ante situaciones de violencia, acoso y discriminación, con el fin de preservar el derecho al trabajo y estudio en ambientes libres de estos comportamientos”. 

El artículo 2 de la misma define el ámbito de aplicación de esta normativa en “los actos que tienen lugar en el marco de las comunicaciones relacionadas con el ámbito laboral, educativo, de gestión y cogobierno, incluidas las realizadas por medio de tecnologías de la información y comunicación”. Por lo tanto, entendemos que todas las plataformas digitales y herramientas de vinculación a distancia (WhatsApp, Zoom, EVA, redes sociales, correos electrónicos, etcétera), al igual que los espacios físicos presenciales, institucionales e informales, están sujetos a estas normativas.

Por otra parte, cuando se constate que estudiantes, docentes, funcionaria/os o egresada/os tienen alguna actitud discriminatoria, se activarán de forma inmediata los mecanismos institucionales existentes para asegurarse que estas actitudes sean detenidas y que no se repitan, resguardando a las personas que han sido agraviadas y tomando, si así se establece, las sanciones pertinentes. 

La Udelar tiene espacios y mecanismos para que todos sus integrantes pueden buscar asesoramiento cuando son víctimas o testigos de actos de discriminación (clic aquí).  

Además, el Consejo, como órgano político máximo de la institución, se mantiene alerta ante las situaciones de acoso y/o discriminación y activará, en todos los casos que corresponda, los mecanismos para denunciar, sancionar y actuar frente a las mismas.

 


Ley N° 17817, Declaración de interés nacional. Lucha contra el racismo, la xenofobia y toda otra forma de discriminación, clic aquí

Resolución 60 del Consejo de Facultad de Información y Comunicación, sesión del 20 de mayo de 2021, clic aquí