A partir de la fecha, el nuevo procedimiento para reconocimientos de actividades de Investigación, extensión, PPP o Electiva es el aprobado por Decanato:
"Art. 10. Las solicitudes de acreditación deberán estar acompañadas de una carta donde
se exprese la valoración que hace el/la solicitante sobre la pertinencia de los contenidos o
actividades que se solicitan acreditar con los lineamientos y definiciones disciplinares
establecidas en el Plan de Estudios correspondiente, junto con la explicitación de qué
motiva la solicitud, en el caso de que responda a la necesidad de créditos en un módulo o
ciclo específico, el reconocimiento de una actividad de investigación, extensión o práctica
pre profesional, la acreditación de una electiva, etc. En las solicitudes de reválida no será
necesario presentar una carta de estas características."