Todos los avisos
La biblioteca de la FIC conmemora el Día Nacional del Libro presentando este texto informativo con una selección bibliográfica acerca de libros y lecturas y una trivia literaria: clic aquí.
La Unidad de Comunicación informa que de acuerdo a las recientes indicaciones de la Sección Bedelía, se han actualizado las mallas curriculares al 19 de mayo de 2025.
Se invita al estudiantado a revisar todos los cambios en mallas-curriculares.fic.edu.uy y a continuación se indican algunos de los principales cambios:
- Eliminación del curso optativo Fundamentos de la Extensión Universitaria (según resolución 78 del Consejo del 15/5/2025).
- Suspensión el dictado de la unidad curricular optativa Gestión y Planificación Museística durante 2025 (según resolución 37 del Consejo del 15/5/2025).
- Autorización de la acreditación de las unidades curriculares Fundamentos Lingüísticos de la Comunicación I y II en el módulo Teoría y Análisis de la Comunicación a quienes las hayan cursado en 2024 y presenten en Bedelía una nota con “la solicitud expresa de cambio de módulo” (según resolución 46 del Consejo del 15/5/2025).
- En 2025 no se ofrecerá la unidad curricular optativa Seminario Miradas sobre la Lectura (según resolución 38 del Consejo del 15/5/2025).
Para acceder a las resoluciones completas y sus respectivos expedientes: www.expe.edu.uy
Abrió la segunda convocatoria 2025 del Programa 720-Contrapartida de Convenios para actividades a realizarse entre el 1° de julio y el 20 de diciembre de 2025. Este programa ayuda a cofinanciar las movilidades docentes y de funcionaries técnicos, administrativos y de servicios (TAS) que se ejecuten al amparo de convenios vigentes y relaciones institucionales de cooperación debidamente establecidas y que dispongan de financiamiento por la contraparte.. El listado de convenios vigentes se encuentra disponible en este enlace.
En el marco de la Declaración del CDC de fecha 15.10.2024 y las disposiciones de la Comisión de Asuntos Internacionales adoptadas en consonancia, se establecen facilidades para actividades académicas de vinculación con universidades públicas de la República Argentina.
El Programa 720 está orientado a:
- Docentes Udelar que deseen realizar una movilidad hacia alguna de las universidades con las que existe convenio vigente.
- Docentes de una institución con la que existe convenio vigente que sean invitados por un docente de Udelar a realizar actividades académicas en nuestra universidad.
- Funcionaries TAS que deseen realizar una movilidad hacia alguna de las universidades con las que existe convenio vigente.
- Funcionaries no docentes de instituciones con la que existe convenio vigente que sean invitados a realizar actividades formativas en nuestra universidad.
No se podrán postular aquellas personas que hayan sido beneficiarias del programa en las últimas tres convocatorias. Se procurará no duplicar actividades/objetivos cubiertos por otras partidas centrales de la Udelar. El presente llamado está sujeto a disponibilidad presupuestal, y las postulaciones se financian a partir de una lista ordenada elaborada por el SRI con insumos de cada servicio. Agradecemos dar aviso inmediato en caso de cancelarse la actividad postulada o de recibir otros apoyos que permitan su financiamiento.
La Universidad de la República a través del Programa 720-Contrapartida de Convenios financiará:
- Viajes de docentes / funcionaries TAS Udelar: 100 % del pasaje de menor valor de plaza hasta U$S 800 (ochocientos dólares americanos) para la región (América del Sur) y hasta U$S 1500 (mil quinientos dólares americanos) para el resto del mundo.
- Estadías de docentes / funcionaries no docentes visitantes: USD 80 diarios (ochenta dólares americanos) para el alojamiento y la alimentación por hasta 10 días.
Para la presente convocatoria se dará prioridad a movilidades académicas de más de 5 días de duración a instituciones de la República Popular China. En estos casos la Udelar cubrirá el 100% del pasaje en clase económica. No se aplicará el tope de financiamiento de U$S 1500.
La institución de destino deberá financiar la contrapartida (estadía o pasaje, según el caso). Es compromiso del docente / funcionario TAS contar con un seguro de accidente, enfermedad y repatriación que cubra las contingencias que puedan producirse durante su período de permanencia en la Universidad de destino, incluyendo los viajes de ida y regreso.
Apoyos excepcionales para movilidades con universidades públicas argentinas
Exclusivamente para movilidades con universidades públicas argentinas, el Programa 720 financiará:
- Viajes de docentes Udelar: reintegro del 100 % del pasaje de menor valor de plaza hasta U$S 400 (cuatrocientos dólares americanos) y USD 80 diarios (ochenta dólares americanos) por concepto de ayuda económica para alojamiento y alimentación por hasta 10 días
- Estadías de docentes visitantes: USD 80 diarios (ochenta dólares americanos) para el alojamiento y la alimentación por hasta 10 días y ayuda económica por concepto de pasaje (monto fijo establecido en función de la distancia con la universidad de origen)
Procedimiento de postulación
Quienes deseen participar deben, en primera instancia, leer con atención la convocatoria y bases adjuntas para asegurarse de cumplir con todos los requisitos solicitados. La postulación se hace efectiva enviando la documentación detallada a continuación a movilidad@fic.edu.uy hasta el domingo 1 de junio de 2025 inclusive.
- Formulario de postulación o formulario de invitación firmado por la persona interesada (docente o funcionarie FIC, sea que propone viajar o invitar a otra persona)
- Carta de la institución contraparte acorde a lo indicado en la convocatoria, en la que se establezca en forma explícita el compromiso de cofinanciación (para actividades con universidades públicas argentinas alcanza únicamente: Carta de invitación o de aval de la institución contraparte).
- CV abreviado.
- Plan de trabajo y detalle de actividades.
Criterios de selección
Acorde a lo establecido en las bases del Programa, la FIC remite al Servicio de Relaciones Internacionales una lista ordenada de las postulaciones. Los criterios orientadores son los aprobados por el Consejo de Facultad (Res. 11, 12/05/2015), donde se establece el siguiente orden de prioridad:
i- Estancias de docentes de la FIC en equipos de investigación de Universidades en el exterior, o en el contexto de su formación de posgrado.
ii- Venida de investigadores del exterior a participar en trabajo conjunto con grupos del PRODIC y/o proyectos de investigación de docentes de la FIC.
iii- Venida de profesores del exterior para cursos de posgrados y educación permanente ofrecidos por la FIC.
iv- Venida de profesores en el contexto de la realización de eventos.
Posteriormente el SRI remitirá la aprobación de las postulaciones, de acuerdo a lo remitido por los servicios y la disponibilidad presupuestal.
Antes de postularse, recomendamos leer la convocatoria completa. Por consultas generales sobre el programa, dirigirse al correo electrónico programa720@internacionales.
Difundimos el Boletín de Novedades bibliográficas de la Biblioteca, correspondiente a marzo - abril 2025.
La Universidad de la República (Udelar) aprobó una nueva Ordenanza de posgrado que busca adecuarse a los cambios que en los últimas décadas ha experimentado la formación de posgrado que brinda esta institución, manteniendo su compromiso con la calidad y la actualización constante de su oferta académica.
El Consejo Directivo Central (CDC) de la Universidad de la República (Udelar) aprobó el 11 de marzo de 2025 la nueva Ordenanza de Carreras de Posgrado, la cual comenzó a regir el 15 de marzo, tras su publicación la fecha anterior en el Diario Oficial (DO). Esta nueva normativa responde, entre otras razones, a la creciente diversificación de los programas de posgrado en la Universidad y busca reorganizar y actualizar su oferta académica para adecuarse a las necesidades actuales del sistema educativo y la demanda del mercado laboral.
Principales cambios
Entre las principales novedades que introduce esta nueva Ordenanza se incluyen reformas importantes tanto en la organización de los programas como en su funcionamiento. Entre las modificaciones más destacadas se encuentran:
- Todos los servicios deberán contar con una Comisión de Posgrado designada y dependiente del Consejo o Comisión Directiva y podrán designar, a su vez, subcomisiones de posgrado centradas en cada carrera (art. 16 a 19). Estos organismos deberán estar integrados por docentes y admitirán también la integración de egresados y egresadas con trayectoria académica y profesional destacada en el área del posgrado, estudiantes de grado y de posgrado.
- Reformulación de la distinción entre maestrías académicas y profesionales. En este sentido, se incorpora la figura de “maestrías mixtas” (art. 33).
- Establecimiento de dos niveles diferenciados en las carreras de posgrado, siguiendo la clasificación de la UNESCO. El primer nivel incluye especializaciones y maestrías, y el segundo nivel, doctorados (art. 2).
- Diálogo con la ordenanza de grado, buscando mejorar la coherencia entre la formación de grado y de posgrado que ofrece la Universidad.
- Creación de dos tipos de carreras de especialización, según su finalidad y duración: una brindará el título de “especialista” y otra el de “diplomado” (art. 28 a 31).
- Clarificación de las figuras de asesor curricular y tutor de tesis, con roles más definidos y responsabilidades diferenciadas (art. 36, 37, 45 y 46).
- Establecimiento de pautas sobre los formatos de tesis de maestría (art. 38) y de doctorado. (art. 47).
- Definición de la duración nominal de los programas académicos, estableciendo plazos claros para su finalización (art. 28, 32, 43).
- Regulación de cupos y derechos universitarios, estableciendo límites en cuanto a la cantidad de estudiantes por programa y el monto de los derechos universitarios. Una de las novedades que incorpora en este sentido el nuevo texto es que “los posgrados deberán ser gratuitos para las y los funcionarios (docentes, técnicos, administrativos y de servicio) de la Udelar si son pertinentes en el marco del perfil del cargo y de sus funciones en la institución” (art. 10).
Esta nueva ordenanza no solo marca un hito en el ordenamiento interno de la Udelar, sino que también refleja el compromiso de la Universidad con la calidad y la actualización constante de su oferta académica para brindar una formación de posgrado acorde a las demandas del contexto local e internacional.
Plazos de implementación
El texto habilita un plazo de hasta dos años a partir de su publicación en el Diario Oficial (14 de marzo de 2025) para adecuar los Planes de Estudio y Reglamentaciones a las disposiciones que establece.
En aquellos casos en que ya existan carreras de posgrado aprobadas por el CDC a la fecha de publicación en el Diario Oficial de la presente Ordenanza, los servicios respectivos que no cuenten con Comisión de Posgrado dispondrán de un plazo de 60 días a partir de la misma para constituir la Comisión de Posgrado conforme a lo previsto en la presente Ordenanza.
El Prorrectorado de Investigación realizará un taller sobre la nueva Ordenanza en una fecha definir entre los meses de mayo y junio de 2025, con el fin de aclarar y sopesar problemas de implementación.
Documentos descargables:
- Ordenanza de Posgrados de la Udelar.
- Documento divulgativo sobre la nueva Ordenanza de Posgrados de la Udelar.
- Documento comparativo generado por la Comisión Académica de Posgrado (CAP) entre la Ordenanza nueva y la anterior.
Fuente: Sitio web del Prorrectorado de Investigación de la Universidad de la República disponible: aquí
Ponemos en conocimiento el acta de la prueba de Comprensión lectora.
La misma se verá reflejada en la escolaridad a fines de la semana próxima
Publicamos los sorteados para las unidades curriculares con cupo del semestre impar 2025: clic aquí.
INFORMAMOS QUE AL EMITIR ESCOLARIDAD, QUIENES NO HAYAN EXONERADO EL CURSO TENDRÁN EN LA ESCOLARIDAD:
ACEPTABLE Y NO SE LE EMITIRÁN LOS CRÉDITOS YA QUE LA UNIDAD CURRICULAR NO SE ENCUENTRA EXONERADA.
LOS MISMOS SE ACREDITARÁN SOLAMENTE CUANDO LA MISMA SEA APROBADA O POR CURSO O POR EXAMEN.